PASO 5 BLOG PRESENTACIÓN DE FARMACIA O DROGUERÍA
LEGISLACIÓN FARMACÉUTICA
SANDRA MILENA LEAL DELGADO
NAZLY MARCELA FUENTES RANGEL
SYDNEY JOHANA CALDERON ANAYA
YESENIA VILLEGAS
ANGIE YERALDY PARRA CASTRO
TUTOR
GERMÁN ALBERTO PORTILLA
GRUPO : 301504_9
UNIVERSIDAD ABIERTA Y A DISTANCIA UNAD
REGENCIA DE FARMACIA
DICIEMBRE 4 DEL 2019
INTRODUCCIÓN
El presente Blog es la presentación de una farmacia en donde se especifican todos los aspectos legales que debe cumplir para ofertar los servicios farmacéuticos. Se tendrá en cuenta los objetivos general y específicos, la visión y misión, las características del servicio de droguería de acuerdo a la ley colombiana con los decretos 2200 de 2005 y el decreto 1403 del 2007 del ministerio de la protección social. El funcionamiento legal de la droguería, los requisitos fundamentales, los requerimientos para la instalación de la misma y la infraestructura física.
LINK
https://youtu.be/M4zSgAjODzw
https://www.youtube.com/watch?v=cuW1JfjmBzk
https://www.youtube.com/watch?v=ABqhPMk8g_s
https://youtu.be/BSRw2aIW-h0
https://www.youtube.com/watch?v=sxB7QgBCv3s
OBJETIVO GENERAL
Llevar a cabo un buen servicio de atención en salud responsable de las actividades, procedimientos e intervenciones de carácter técnico, científico y administrativo, relacionados con los medicamentos, dispositivos médicos, y preparación de magistrales.
OBJETIVOS ESPECÍFICOS
MISIÓN
Brindar un excelente servicio de acuerdo a las necesidades y requerimientos de nuestros usuarios. Garantizando la calidad, eficiencia de los productos farmacéuticos para cuidar la salud y la vida de las personas.
VISIÓN
Ser la mejor droguería por su calidad, ética y organización en todos sus aspectos legales y por el adecuado servicio hacia la comunidad en general.
LINK
https://youtu.be/M4zSgAjODzw
https://www.youtube.com/watch?v=cuW1JfjmBzk
https://www.youtube.com/watch?v=ABqhPMk8g_s
https://youtu.be/BSRw2aIW-h0
https://www.youtube.com/watch?v=sxB7QgBCv3s
OBJETIVO GENERAL
Llevar a cabo un buen servicio de atención en salud responsable de las actividades, procedimientos e intervenciones de carácter técnico, científico y administrativo, relacionados con los medicamentos, dispositivos médicos, y preparación de magistrales.
OBJETIVOS ESPECÍFICOS
- Brindar información a los usuarios, sobre el uso adecuado de los medicamentos.
- Tener en cuenta los aspectos legales y requerimientos necesarios para prestar un buen servicio de la farmacia.
- Mantener una infraestructura física adecuada.
- Asegurar la calidad de los medicamentos y productos suministrados a la comunidad.
MISIÓN
Brindar un excelente servicio de acuerdo a las necesidades y requerimientos de nuestros usuarios. Garantizando la calidad, eficiencia de los productos farmacéuticos para cuidar la salud y la vida de las personas.
VISIÓN
Ser la mejor droguería por su calidad, ética y organización en todos sus aspectos legales y por el adecuado servicio hacia la comunidad en general.

características del servicio de la droguería
de acuerdo a la ley colombiana y a los decretos 2200 de 2005 y el decreto 1403 del 2007 del ministerio de la protección social, el servicio farmacéutico tendrá como objetivo primordial lo siguiente:
1. Promoción. Promover y propiciar estilos de vida saludables y el uso adecuado de medicamentos y dispositivos médicos.
2. Prevención. Prevenir factores de riesgo derivados del uso inadecuado de medicamentos y dispositivos médicos, así como los problemas relacionados con su uso.
3. Suministro. Suministrar los medicamentos y dispositivos médicos e informar a los pacientes sobre su uso adecuado.
4. Atención farmacéutica. Ofrecer atención farmacéutica a los pacientes que la requieren, realizando las intervenciones necesarias para el cumplimiento de la farmacoterapia prescrita por el facultativo.
de acuerdo al decreto 1403 del 2007, artículo 6°
Servicio farmacéutico independiente. Es el que prestan los establecimientos farmacéuticos autorizados.
complejidad: El servicio farmacéutico será de baja, mediana y alta complejidad, de acuerdo con las actividades y/o procesos que se desarrollen y el impacto epidemiológico de la atención.
a) Selección de medicamentos y dispositivos médicos.
b) Adquisición de medicamentos y dispositivos médicos.
c) Recepción y almacenamiento de medicamentos y dispositivos médicos.
d) Distribución de medicamentos y dispositivos médicos.
e) Dispensación de medicamentos.
f) Participación en grupos interdisciplinarios.
g) Información y educación al paciente y la comunidad sobre el uso adecuado de medicamentos y dispositivos médicos.
h) Destrucción o desnaturalización de medicamentos.

ASPECTOS LEGALES
Según el Decreto 2200 del 2005 una Farmacia-Establecimiento debe de estar conformada por un Director Técnico el cual puede ser un Auxiliar de servicios farmacéuticos, un Regente de Farmacia o un Químico Farmacéutico, o un Licenciado en Farmacia.
1. Farmacias-Droguerías.- La dirección estará a cargo exclusivamente del Químico Farmacéutico. Estos establecimientos se someterán a los procesos de:
a) Recepción y Almacenamiento.
b) Dispensación.
c) Preparaciones magistrales.
La persona responsable de la Inyectologia debe estar capacitada con un curso realizado sobre las técnicas para inyectar y las pautas de bioseguridad.
Las Droguerías-Farmacias cumplirán con las disposiciones del Decreto 2200 de 2005 y la Resolución 1403 de mayo de 2007, el presente manual y resolución adopta en relación con las condiciones esenciales y procedimientos para la actividades y/o procesos que ofrezcan a sus usuarios, beneficiarios o destinatarios:
ARTÍCULO 3°. OBJETIVOS. En desarrollo del artículo 6° del Decreto 2200 de 2005, el servicio farmacéutico tendrá como objetivos primordiales los siguientes:
1. Promoción. Promover y propiciar estilos de vida saludables y el uso adecuado de medicamentos y dispositivos médicos.
2. Prevención. Prevenir factores de riesgo derivados del uso inadecuado de medicamentos y dispositivos médicos, así como los problemas relacionados con su uso.
3. Suministro. Suministrar los medicamentos y dispositivos médicos e informar a los pacientes sobre su uso adecuado.
4. Atención farmacéutica. Ofrecer atención farmacéutica a los pacientes que la requieren, realizando las intervenciones necesarias para el cumplimiento de la farmacoterapia prescrita por el facultativo.
De acuerdo al Decreto 1403 de 2007, el servicio farmacéutico se clasifica de la siguiente manera:
A. Servicio farmacéutico dependiente. Es el prestado por una institución prestadora de servicios de salud a pacientes hospitalizados y ambulatorios. Este servicio puede ser propio o contratado.
B. Servicio farmacéutico independiente. Es el que prestan los establecimientos farmacéuticos autorizados.
La Droguería se ubica en la clase de servicio farmacéutico independiente, cuyo objeto es la venta de medicamentos y dispositivos médicos al detal.
Grados de complejidad. El servicio farmacéutico que presta la Droguería de baja, mediana y alta complejidad. La droguería se cataloga como baja complejidad, la cual se caracteriza porque está en la capacidad de realizar los siguientes procesos.
a) Selección de medicamentos y dispositivos médicos.
b) Adquisición de medicamentos y dispositivos médicos.
c) Recepción y almacenamiento de medicamentos y dispositivos médicos.
d) Distribución de medicamentos y dispositivos médicos.
e) Dispensación de medicamentos.
f) Participación en grupos interdisciplinarios.
g) Información y educación al paciente y la comunidad sobre el uso adecuado de medicamentos y dispositivos médicos.
h) Destrucción o desnaturalización de medicamentos.
De acuerdo al Ministerio de la Protección Social, la Gestión del servicio farmacéutico, “es el conjunto de principios, procesos, procedimientos, técnicas y prácticas asistenciales y administrativas esenciales para reducir los principales riesgos causados con el uso innecesario o inadecuado y eventos adversos presentados dentro del uso adecuado de medicamentos, que deben aplicar las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud públicas y privadas, establecimientos farmacéuticos y personas autorizadas, respecto al o los procesos autorizados en la prestación del servicio farmacéutico. Es característica fundamental del modelo de gestión del servicio farmacéutico la efectividad, el principio de colaboración y el compromiso de mejoramiento continuo, y su contenido será básicamente el determinado en el modelo de gestión del servicio farmacéutico, donde se desarrollarán los criterios y requisitos establecidos en este decreto (2200 de 2005) ”.A través de la Resolución 1403 de 2007 del Ministerio de la Protección Social se establece el modelo de Gestión del Servicio Farmacéutico, además se establecen los requerimientos para que establecimientos como las farmacias / droguerías comercialicen medicamentos.
ARTÍCULO 4°- PRINCIPIOS. El servicio farmacéutico tendrá como guía permanente de sus actividades los principios fijados en la Constitución, la ley y las demás disposiciones del orden nacional relacionadas con la atención en salud, así como los que se determinan a continuación:
REQUISITOS PARA LA INSTALACIÓN DE UNA DROGUERÍA
según la normatividad vigente, los requisitos son:
1-
Local para la droguería:
- Techos de fácil limpieza y cielo rasos resistentes, uniformes y de fácil sanitización.
- Paredes impermeables, sólidas, de fácil limpieza, resistentes a factores ambientales como humedad y temperatura.
- Piso impermeable, resistente, con sistema de drenaje para su fácil limpieza y sanitización.
- Zona restringida: el acceso debe ser restringido para el personal ajeno a la droguería.
- Aviso exterior que enuncia la frase droguería.
- Área no inferior a 20m2, con facilidad de acceso, factibilidad de prestar servicio nocturno, independencia de cualquier actividad comercial y de vivienda.
- Unidad sanitaria por sexo, en proporción de una (1) por cada quince (15) personas que laboren en el sitio (Resolucion 1403 de 2007).
2-Recurso
humano:

- Droguerías: dirección técnica a cargo del químico farmacéutico, tecnólogo en regencia de farmacia, director de droguería, farmacéutico licenciado o el expendedor de drogas (Decreto 780 de 2016).
- Droguerías que dispensen medicamentos de control especial: dirección técnica a cargo del químico farmacéutico o tecnólogo en regencia de la farmacia (Resolución 1478 de 2006.
- Droguerías con contrato para dispensación de medicamentos a pacientes de IPS de alta y mediana complejidad: dirección técnica a cargo del químico farmacéutico (Resolución 1403 de 2007)
- Droguerías con contrato para dispensación de medicamentos a pacientes de IPS de baja complejidad: dirección técnica a cargo del químico farmacéutico o tecnólogo en regencia de farmacia (Resolución 1403 de 2007).
3-Dotación:
La droguería deberá contar con la dotación necesaria
para su correcto funcionamiento, como: estantería suficiente en cantidad y
calidad, termohigrómetros calibrados con sus registros correspondientes,
sistema de refrigeración para los productos que requieran esta condición, etc.
4-Manuales de procesos y procedimientos:
- Recepción técnica y administrativa, con sus respectivos registros, soportados con el documento de ingreso (factura o traslado).
- Almacenamiento
- Dispensación
- Devoluciones
- Plan Integral de Gestión de Residuos Hospitalarios (PGIRHS)
Decreto 780 de 2016 Resolución 1403 de 2007 y demás normatividad de
aplicación.
5-Oferta de servicios:
La droguería únicamente podrá realizar las
actividades, los procesos y procedimientos permitidos en la normatividad, no se
pueden hacer otros diferentes a estos.
No se podrán administrar medicamentos por vía
intravenosa ni practicar pruebas de sensibilidad.
La administración de medicamentos deberá realizarse
bajo estricta fórmula médica.
Se prohíbe la consulta médica en las droguerías
(Decreto 1950 de 1964).
6-Concepto sanitario
Solicite el concepto sanitario en la Oficina de
Atención al Ambiente de la localidad donde se encuentre ubicado el
establecimiento.
Para la solicitud del concepto sanitario es
necesario contar con:
Nombre o razón social
Dirección exacta de la droguería.
Nombre y número de cédula de la persona que ejerce
la dirección técnica de la droguería o farmacia. Copia de la documentación que
acredite que esta persona cumple con los requisitos de idoneidad (Decreto 780
de 2016). Copia del contrato de trabajo, cuando aplique esta exigencia (Decreto
1950 de 1964).
Horario de atención.
Teléfono de contacto.

7- Venta y adquisición de droguerías, cambios de nombre o
dirección:
Infraestructura Física de Farmacia o Droguería
Comentarios
Publicar un comentario